Senado de la República aprueba modificación a la Ley General de la Vida Silvestre

CHETUMAL, Quintana Roo, 27 de abril.- El Senado de la República aprobó cambios al artículo 104 y 120 de la Ley General de Vida Silvestre, a fin de integrar un padrón de infractores de vida silvestre, como una herramienta eficiente, efectiva y oportuna para la protección de la vida silvestre. Dicho padrón de infractores de vida silvestre, estará a cargo de la Procuraduría Federal de Protección al Ambiente, será público y accesible a través de la página de Internet de dicha institución, en este se pretende registrar a todos aquellos infractores que contravengan la normatividad en materia de vida silvestre.  

Cuando se realicen aseguramientos, los ejemplares se canalizarán al Centro para la Conservación e Investigación de la Vida Silvestre o consultará su canalización a Unidades de  Manejo para la Conservación de la Vida Silvestre, instituciones o personas que reúnan las condiciones de seguridad y cuidado para la estancia, reproducción de ejemplares. El dictamen establece que se podrán canalizar los ejemplares asegurados, a las Unidades de Manejo para la conservación de la Vida Silvestre, siempre y cuando, los responsables técnicos, propietarios o legítimos poseedores de las mismas, no se encuentren en el padrón de infractores.

El dictamen que reforma el artículo 104 y adiciona un segundo párrafo al artículo 120 de la Ley General de Vida Silvestre, fue aprobado con 85 votos a favor y turnado a la Cámara de Diputados. Cabe mencionar que, en el caso de Quintana Roo, de acuerdo a los datos de la Profepa, de 2013 a 2016 aseguraron 1 mil 876 ejemplares de vida silvestre.

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