Definirá IEQROO sede y fecha del debate entre candidatos en Solidaridad

PLAYA DEL CARMEN, Quintana Roo, 27 de mayo.-  Luego de que el Consejo General del Instituto Electoral de Quintana Roo (IEQROO) avalará el debate entre los candidatos a la presidencia municipal de Solidaridad, falta se haga la invitación formal y se defina la sede y fecha.

De acuerdo con Cristina Torres Gómez, candidata de la coalición “Por Quintana Roo al Frente” que integran los partidos Acción Nacional, de la Revolución Democrática y Movimiento Ciudadano, “hay una asociación civil que solicitó la organización y esperamos la invitación formal, y dispuestos como lo dijimos desde el principio, sin ningún problema; de hecho fuimos de los únicos dos que solicitamos el debate”.

Como se recordará, el pasado 24 de mayo el IEQROO aprobó 6 debates en distintos municipios, luego de analizar las solicitudes, delas cuales dos salieron de este municipio.

Torres Gómez manifestó que, “al final, de cuentas lo dijimos desde el principio, queremos un debate porque el debate es el que llama a la gente a las ideas; puede el ciudadano discernir entre una y otra propuesta”.

El Consejo General del Instituto Electoral de Quintana Roo (IEQROO) aprobó en todos sus términos la Convocatoria, para la organización de los debates públicos entre las y los candidatos que contienden para las presidencias municipales en el Estado en el proceso electoral local ordinario 2017-2018, en los Municipios de Benito Juárez, Cozumel, José María Morelos, Othón P. Blanco, Solidaridad y Felipe Carrillo Puerto.

De acuerdo con el artículo 297 de la Ley Local, en correlación con el artículo 7 del Reglamento, establece que el IEQROO organizará debates públicos siempre y cuando existan cuando menos dos solicitudes de candidatas/os al mismo cargo de elección popular, sin embargo, es de considerarse que en el proceso electoral en curso únicamente se elegirán a los integrantes de los Ayuntamientos de los once Municipios en el Estado, por lo tanto en una interpretación sistemática y funcional de los preceptos invocados, se tiene que la Convocatoria debe ser emitida únicamente en aquellos Municipios en donde al menos dos candidatos/os o sus representantes hayan realizado la solicitud referida. Como es el caso de los Ayuntamientos arriba mencionados.

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