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Tribunal Electoral ordena a INE solicitar a Hacienda recursos para realizar la Revocación de Mandato
Personal del Instituto Nacional Electoral (INE) contabilizan paquetes con firmas para la realización de la consulta de revocación de mandato del presidente Andrés Manuel López Obrador, en Ciudad de México (México). Foto de EFE/Madla Hartz

En una sesión pública del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), dicho órgano determinó que el Consejo General del Instituto Nacional Electoral (INE) carece de atribuciones para posponer el procedimiento de Revocación de Mandato por lo que la falta de presupuesto no es una causa de fuerza mayor para retrasar su realización.

En el proyecto presentado se detalla que el INE deberá realizar las adecuaciones correspondientes para la realización de la consulta ciudadana y, en caso de demostrar insuficiencia de recursos, podrá solicitar una ampliación de presupuesto a la Secretaría de Hacienda, la cual resultó vinculada en esta resolución.

Los magistrados del TEPJF enfatizaron que la negativa de realizar la consulta sobre la Revocación de Mandato, impulsada por el presidente Andrés Manuel López Obrador, menoscaba el derecho a la participación ciudadana por lo que se trata de un procedimiento que deberá realizarse de acuerdo con la ley.

El magistrado Felipe Alfredo Fuentes Barrera señaló que este mecanismo busca que la ciudadanía pueda controlar el mandato dado a los gobernantes y en él confluyen elementos indispensables de la democracia.

Jeanine Otalora votó parcialmente a favor y se separó de dos puntos, uno en el que no se le reconozca interés jurídico a la ciudadanía para impugnar acuerdos del Consejo General del INE.

Felipe de la Mata Pizaña votó a favor debido a que comparte que el INE no tiene la facultad para la prórroga del ejercicio de la Revocación de Mandato. Recalcó que si bien el INE es el órgano encargado de su realización, hay otras dependencias que deben de garantizar el ejercicio pleno de la ciudadanía para la consulta.

Recordó, además que el Instituto podrá realizar una solicitud de ampliación del presupuesto, en tiempo y forma, para la Revocación de Mandato.

Mónica Aralí Soto Fregoso votó a favor del proyecto y también se separó de algunos puntos aunque se dijo a favor del proyecto y coincidió en que el Consejo General del INE no tiene atribuciones para posponer o suspender la Revocación de Mandato.

El pasado 17 de diciembre, el Instituto Nacional Electoral (INE) aprobó el proyecto para posponer la realización de la consulta.

En dicho proyecto se estableció que el INE continuaría contabilizando las firmas que se recolectan para llevar a cabo el proceso y también se investigarían los métodos de obtención de las mismas en ciertas entidades.

En ese momento, se recalcó que el proyecto presentado no supondría la cancelación del proceso, sino que únicamente se pospondrían, de manera temporal, algunas de las actividades previstas en los lineamientos mientras la SCJN resolvía la controversia constitucional que se interpuso o las autoridades competentes fondearan los recursos necesarios.

Incluso se dijo a favor de que instruya al INE a que a partir de enero se hiciera un esfuerzo para generar economías destinadas a fondear la bolsa para llevar a cabo la Revocación de Mandato y que se pospusieran las actividades hasta entonces.

“No se trata de una negativa por parte del INE sino de un instrumento para llenar de certeza el proceso”, dijo el consejero presidente del INE, Lorenzo Córdova en ese momento.

Con información  de López-Dóriga Digital