CHETUMAL, Quintana Roo, 26 de junio.- El Pleno del Tribunal Electoral de Quintana Roo (TEQROO), por unanimidad de votos determinó desechar el Juicio de Nulidad JUN/012/2024, por haberse presentado de manera extemporánea por parte del Partido Movimiento Ciudadano, quién impugnó el Acuerdo 218 del Consejo General del Instituto Electoral de Quintana Roo (IEQROO), mediante el cual se asignaron las Diputaciones por el principio de Representación Proporcional que habrán de integrar la XVIII Legislatura del Congreso del Estado de Quintana Roo.
Esta determinación, es debido a que se actualiza una causal de improcedencia, al haberse presentado fuera del plazo previsto para tal efecto, es decir, se presentó de manera extemporánea.
Asimismo, por unanimidad de votos, el Pleno declaró la inexistencia de las conductas denunciadas por el Partido de la Revolución Democrática en contra de Ana Patricia Peralta de la Peña, en su calidad de Presidenta Municipal de Benito Juárez y del Medio de Comunicación conocido como Radio Fórmula QR, por presuntas infracciones a la normativa electoral, a través del Procedimiento Especial Sancionador PES/040/2024.
En este caso, entre otras cosas, se declaró la inexistencia porque a partir de las investigaciones realizadas por el IEQROO y el análisis de las probanzas que obran en el expediente, se advirtió que la entrevista denunciada y su difusión en la página de Facebook del medio de comunicación, no constituyen propaganda gubernamental, sino atiende a la libertad de expresión que cuentan los medios de comunicación en el ejercicio de su actividad periodística.