Expropia AMLO otros diez terrenos privados para el Tren Maya, ahora en Playa del Carmen

PLAYA DEL CARMEN, Quintana Roo.— Con un segundo decreto en menos de dos semana, el Presidente  Andrés Manuel López Obrador expropió 10 predios privados en Quintana Roo, se trata de 13 hectáreas en el municipio de Solidaridad. (DMG)

De acuerdo con el decreto publicado en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el presidente declaró como de utilidad pública y ordenó la ocupación temporal inmediata de 137 mil 622.43 m² correspondientes a 10  inmuebles de propiedad privada, en el municipio de Solidaridad, Quintana Roo.

El presidente justifica que la expropiación se debe la trascendencia del Proyecto Tren Maya y a efecto de evitar pérdidas económicas innecesarias al erario, por lo que resulta procedente decretar la ocupación temporal inmediata de los 10 (diez) inmuebles identificados por Fonatur Tren Maya, S.A. de C.V., en términos de los artículos 2 Bis, 4o. y 7o. de la Ley de Expropiación.

 EXPROPIACIÓN “TEMPORAL “

El documento señala que las indemnizaciones que procedan por la ocupación temporal deben consistir en una compensación a valor de mercado, y su pago se realizará a quienes acrediten legalmente su derecho respecto de los bienes inmuebles señalados en este decreto, y que en caso de que los bienes inmuebles materia de la declaratoria de utilidad pública y de ocupación temporal no fueran destinados total o parcialmente al fin que dio causa a la declaratoria respectiva, al término de cinco años, los propietarios afectados podrán solicitar a la autoridad que haya tramitado el expediente, la reversión total o parcial del bien de que se trate, o la insubsistencia de la ocupación temporal, o el pago de los daños causados, en términos de la normativa aplicable.

Con la entrada en vigor del presente decreto, Fonatur, Fonatur Tren Maya, S.A. de C.V. y la Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano, deben coordinarse para cubrir con su presupuesto autorizado, el monto de la indemnización que en términos de ley deba pagarse a quienes acrediten su legítimo derecho, de conformidad con los avalúos que emitió el Instituto de Administración y Avalúos de Bienes Nacionales.

Dentro de los diez días hábiles siguientes a la notificación de este decreto, los interesados podrán acudir al procedimiento judicial con el único objeto de controvertir el monto de la indemnización.