El principio de no discriminación de conformidad con la Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Refugiados (ACNUR) se refiere a la garantía de igualdad de trato entre los individuos, sean o no de una misma comunidad, país o región.
Es decir, este principio de igualdad y no discriminación pugna por el establecimiento de los mismos derechos y el respeto a la dignidad de las personas.
El origen de estos principios (igualdad y no discriminación) se ubican en la Declaración de los Derechos del Ciudadano, que tuvo lugar en la Revolución Francesa, y se recogen como principio fundamental en la Carta de los Derechos Humanos de 1948, después de la Segunda Guerra Mundial.
Tuvieron que pasar décadas hasta la reforma constitucional de 2011 que modificó el artículo 1 de la Constitución General de la República que reconoce estos derechos humanos progresivos, pero todavía pasaron dos sexenios más, para que en Quintana Roo los diputados de la #4taTransformación eliminaran los candados que impedían tratar igual a nuestros nacionales por elección.
El dictamen aprobado esta semana en el periodo extraordinario del sesiones de la XVII Legislatura elimina el requisito de contar con ciudadanía mexicana por nacimiento para ocupar diversos cargos públicos en el marco normativo local.
Cabe señalar que, además de los antecedentes señalados en el derecho internacional, la Suprema Corte de Justicia de la Nación, ha sostenido que los congresos locales no tienen la competencia para establecer dicho requisito, excepto para cargos relacionados con la soberanía o seguridad nacionales, o áreas estratégicas o prioritarias para el Estado mexicano.
Esta histórica decisión progresiva, emana de una iniciativa ciudadana y con ello se eliminan los estereotipos contemplados por nuestro actual sistema normativo local, y con ella se brinda la oportunidad a todos aquellos compatriotas mexicanos por naturalización, para que participen en la construcción de un mejor Quintana Roo.
Hugo Alday Nieto
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