Tribunal Electoral, el indicado para determinar si las giras de Morena incurren en actos anticipados de campaña: INE

Simpatizantes de Morena. Foto de @PartidoMorenaMx

Arturo Castillo Loza, consejero del Instituto Nacional Electoral (INE), aseguró que es el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación el indicado para determinar si los candidatos presidenciales de Morena están realizando actos anticipados de campaña.

En entrevista con Joaquín López-Dóriga para Grupo Fórmula, el consejero Castillo Loza detalló que la decisión de la Comisión de Quejas y denuncias del INE sobre las giras de Morena tiene como objetivo que se hagan actos “totalmente dirigidos a un proceso interno”.

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La Comisión de Quejas y Denuncias del Instituto Nacional Electoral (INE) aprobó este sábado medidas cautelares contra las asambleas informativas de los aspirantes presidenciales de la Cuarta Transformación (4T), pero no serán suspendidas.

El proyecto recibió dos votos a favor y uno en contra en dicha Comisión del INE, y que no contempla no contempla la suspensión de los eventos de Claudia Sheinbaum, Marcelo Ebrard, Adán Augusto López,  Ricardo Monreal, Manuel Velasco y Gerardo Fernández Noroña.

Las medidas cautelares emitidas por el INE para las asambleas informativas de los aspirantes de la 4T son:

  • Que se lleven a cabo preferentemente en lugares pertenecientes al propio partido político, como sus oficinas estatales o municipales;
  • Deberán ser dirigidos a militantes y simpatizantes del partido Morena;
  • No deberán emitirse expresiones de índole electoral;
  • Previo al inicio de cada acto, ya sea un recorrido o una asamblea informativa, se deberá informar de manera explícita sobre el contenido del Acuerdo número ACQyD-INE-104/2023 y de la presente determinación;
  • Exigir el deber de cuidado, en cuanto a revisar el contenido de los discursos de las personas que están participando para la titularidad de la Coordinación de los Comités de Defensa de la Cuarta Transformación, para asegurar que estén alineados con las acciones establecidas en el Acuerdo número ACQyD-INE-104/2023 y la presente determinación.

Así mismo, se reiteró la obligación impuesta a las partes en el acuerdo ACQyD-INE-104/2023, en el sentido de que, en todo tiempo, se deberán ajustar a los límites y parámetros constitucionales y conducirse acorde a los principios de legalidad y equidad.

En la previa, la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) había ordenado a la Comisión de Quejas y Denuncias del INE hacer un nuevo análisis sobre las giras de los aspirantes de la 4T en la República Mexicana.

El proyecto del magistrado Indalfer Infante fue aprobado con cinco votos a favor y dos en contra de los magistrados Felipe de la Mata y Janine Otálora.

Vía López Dóriga Digital

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