CHETUMAL, Quintana Roo, 11 de marzo.- El Juzgado Sexto de Distrito del Estado resolvió negar en el juicio de amparo la suspensión definitiva de los actos reclamados por cinco docentes de Quintana Roo, quienes fueron separados de su cargo por no haber aplicado la evaluación del desempeño docente para el primer grupo, ciclo escolar 2015-2016, en la que fueron seleccionados para participar, de acuerdo con la Ley General del Servicio Profesional Docente.
La resolución del Juez Sexto de Distrito en Quintana Roo, Aarón Alberto Pereira Lizama, sostiene: “Se niega la suspensión definitiva solicitada por Gaspar Fernando Balam Reyes, María Magdalena Cervera Tapia, Elsy Guadalupe Sosa Argaez, Blanca Selenne Andrade Jiménez y Rafael Vidal Cuevas Colorado, contra los actos reclamados a las autoridades señaladas como responsables en el considerando segundo de esta resolución y por los motivos antes expuestos”.
El considerando segundo al que hace referencia la resolución de la autoridad judicial federal, establece que “no son ciertos los actos reclamados” al considerar que los docentes sí fueron notificados en tiempo y forma de la evaluación del desempeño en la que fueron seleccionados para participar.
También se resuelve que sí se hizo del debido conocimiento a los docentes mencionados, del perfil, parámetros e indicadores para docentes y técnicos docentes, así como el correspondiente a las etapas, aspectos, métodos e instrumentos para el proceso de evaluación.
Y finalmente, que sí existen constancias de la notificación y/o emplazamiento al procedimiento administrativo de separación del cargo, establecido en la Ley General del Servicio Profesional Docente en vigor, todo ello, “contrario a lo aseverado por los quejosos”.
Por tal motivo, consta en el Incidente de Suspensión 144/2016: “Se niega la suspensión definitiva solicitada por falta de materia para concederla”, con fecha del día siete de abril de 2016.
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