Actualizan NOM para gasolineras

TULUM, Quintana Roo, 7 de noviembre.- Luego de la Reforma Energética, donde la venta de diesel y gasolina se abre al mercado para su distribución, la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (Semarnat) publicó la Norma Oficial Mexicana NOM-005-ASEA-2016 para el diseño, construcción, operación y mantenimiento de Estaciones de Servicio para almacenamiento y expendio de diésel y gasolinas.

Con esto, quien expenda dichos productos tiene 60 días para adaptar  sus instalaciones de tal modo que cumpla con lo dispuesto en esta NOM.

Cabe aclarar que las Estaciones de Servicio que hayan obtenido el permiso correspondiente de la Comisión Reguladora de Energía con anterioridad a la entrada en vigor de la presente Norma no le aplicarán los capítulos 5. DISEÑO y 6. CONSTRUCCIÓN.

Como se recordará, derivado de la Reforma Energética de 2013 y de conformidad con el artículo Transitorio Décimo Cuarto de la Ley de Hidrocarburos, a partir del 1 de enero de 2016 se abrió el mercado de la distribución y expendio al público de gasolinas y diésel a toda persona interesada, de forma libre, es decir, sin estar condicionada a la celebración de contratos de franquicia y suministro con la Empresa Productiva del Estado Petróleos Mexicanos o con cualquier otra empresa productiva del Estado, y sujeta al cumplimiento de la normatividad nacional aplicable y de estándares técnicos internacionales;

En la actualidad operan más de 12 mil Estaciones de Servicio en el territorio nacional, por lo que la autoridad consideró  necesario contar con una Norma Oficial Mexicana que establezca las características y/o especificaciones que deban reunir el diseño, construcción, operación y mantenimiento de Estaciones de Servicio, para no generar un riesgo para la integridad de las personas y su salud, así como para el medio ambiente.

Asimismo, debido a la ausencia de normatividad técnica tampoco existían las condiciones necesarias para realizar plenamente las actividades de supervisión y verificación de las estaciones de servicio para almacenamiento y expendio de diésel y gasolinas.

Por lo anterior, la nueva NOM fija los objetivos, el campo de aplicación, el diseño, construcción, operación, mantenimiento, dictámenes técnicos, evaluación de la conformidad, observancia y vigilancia de la norma, entre otras cosas.

 

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