TULUM, Quintana Roo, 12 de abril.- La Procuraduría Federal de Protección al Ambiente (PROFEPA) impuso la Clausura Total Temporal a diversas obras y actividades realizadas en un predio de dos mil 031 metros cuadrados, ubicado dentro del Área Natural Protegida (ANP) denominada Parque Nacional Tulum, en el municipio de Tulum, Quintana Roo, por no acreditar contar con autorización en materia de Impacto Ambiental.
Durante una visita de inspección realizada el cuatro de abril de 2018, para constatar el cumplimiento de la legislación federal ambiental vigente, personal de PROFEPA en la entidad constató que los responsables de las obras inspeccionadas no contaban con la autorización federal en la materia que expide la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales.
En la inspección se observó la construcción de una palapa de madera con techo de zacate piloteada sobre un deck de madera, dos baños y un lavamanos construidos sobre superficie de concreto, así como una bodega para artículos de limpieza de 5.03 metros cuadrados.
Asimismo, de encontró una palapa con techo de palizada sobre un deck de madera y una plancha de concreto sobre la cual se encuentra un tanque de gas; todas las obras se encuentran al interior del predio con una superficie aproximada de dos mil 031 metros cuadrados.
Al momento de la visita, el inspeccionado no presentó la autorización federal en materia de Impacto Ambiental para el desarrollo de las obras y actividades de construcción, en la que se consideran las medidas de prevención, mitigación y compensación de los impactos ambientales adversos que se generarían, por ello con fundamento en el artículo 170, fracción I, de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente, se impuso la clausura total temporal.
Es importante señalar que el sitio inspeccionado se encuentra inmerso en un ecosistema de duna costera con presencia de Palma chit (Thrinax radiata) dentro del Área Natural Protegida “Parque Nacional Tulum”, aunque es preciso destacar que al momento de la visita no se observó la eliminación de la vegetación característica de dicho ecosistema.
La PROFEPA substanciará el procedimiento administrativo y dictará la resolución administrativa correspondiente, en la que impondrá la sanción económica y las medidas correctivas a que haya lugar.
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