Descarta TEQROO ordenar a Mara Lezama vincular la Consulta Popular contra Aguakán, dice que no tiene facultades

CHETUMAL, Quintana Roo,19 de enero. – El Pleno del Tribunal Electoral de Quintana Roo (TEQROO), en sesión pública determinó por unanimidad de votos declarar como improcedente la excitativa de justicia que fuera promovida por Saraí Hernández Hernández en contra del Titular del Poder Ejecutivo del Estado de Quintana Roo.

Lo anterior, al resolver el cuaderno incidental identificado con el número CI-1/JEC-001-2021/2023, a través del cual se determina respecto a la presentación de la excitativa de justicia promovida por Hernández Hernández, en el cual, la parte actora pretende que este Tribunal ordene a la Titular del Ejecutivo del Estado de Quintana Roo, el cumplimiento de la declaración de vinculante del resultado de la Consulta Popular que se realizó, entre otras demarcaciones territoriales, en el municipio de Benito Juárez, Quintana Roo, el pasado 6 de junio de 2022.

En este caso, el Pleno calificó de inviable la petición de excitativa de justicia solicitada, ya que no se advierte que promueva un medio de impugnación, sino un medio procesal, dado que considera que dicho pronunciamiento, es un acto de ejecución de la sentencia emitida en el expediente JEC/001/2021. Sin embargo, conforme el objetivo de la excitativa de justicia, el cual es que se ejecute un acto procesal, dicha solicitud resulta inviable.

De ahí, que no puede ser ejecutada como un acto procesal del expediente JEC/001/2021 de este Tribunal, ya que, a la fecha que se resuelve la presente excitativa, dicho expediente, ha causado estado y el objeto de la excitativa, no se actualiza, puesto que, ninguna de las magistraturas de este Tribunal ha dejado transcurrir con exceso, algún plazo legal para la resolución del expediente que señala. Además, el Poder Ejecutivo del Estado no es parte integrante de este órgano jurisdiccional, por ende, no existe una relación jerárquica orgánica de este Tribunal con dicha autoridad.

O sea, el TEQROO no tiene facultades para ordenarle a la gobernadora que actúe en este caso.

Con la decisión del TEQROO se cae el primero de los recursos promovidos contra el Estado para que cumpla con la obligación de quitar a Aguakan, como los solicitaron los ciudadanos de los tres municipios citados en la consulta popular del 5 de junio.

El TEQROO deberá resolver al menos tres juicios para la protección de los derechos políticos electorales en contra de los municipios, el Congreso y el Gobierno estatal, para que cumplan la ley y le retiren la concesión a Aguakan.

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