Riviera Maya lista para reclasificación hotelera de Sectur

PLAYA DEL CARMEN, Quintana Roo, 13 de septiembre.- Este martes, la Secretaría Federal de Turismo (Sectur) publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el acuerdo con los Lineamientos del Sistema de Clasificación Hotelera, el cual está integrado por variables que atienden los 8 ejes de desempeño, los cuales se encuentran expresados en un cuestionario integrado en dicho acuerdo.

Cada variable confiere una puntuación y el total equivale a una categoría con estrellas, salvo en el caso que el Prestador de Servicios Turísticos de Hospedaje opte por clasificar su establecimiento bajo el rubro de “Sin categoría”

En este sentido, la clasificación hotelera, de acuerdo a la puntuación alcanzada, quedó de la siguiente manera:

1 a 260 puntos, 1 estrella. 261 a 520 puntos, 2 estrellas. 521 a 780 puntos, 3 estrellas.  781 a 1040 puntos,  4 estrellas. Y de 1041 a 1300 puntos, 5 estrellas.

Los hoteles que así lo determinen, podrán clasificarse de acuerdo a los lineamientos que emita la Secretaría de Turismo, aplicando y cumpliendo los parámetros de calidad y servicio. Estos lineamientos son más flexibles en cuanto a las características, en comparación con el proyecto anterior, según indicó Manuel Paredes Mendoza, director de la Asociación de Hoteles de la Riviera Maya (AHRM).

“Es importante señalar que la obligación de clasificarse ya está en la Ley General de Turismo, por tanto, la emisión de los lineamientos para tal clasificación es inminente; en estas condiciones, se buscó el acercamiento para tratar de aminorar el impacto negativo de esta obligación; sin que esto implique la resolución definitiva de esta cuestión, ya que esto se logrará hasta que se modifique la Ley, para lo cual seguiremos trabajando”, agregó.

Cabe mencionar que el Sistema de Clasificación Hotelera ha adicionado una categoría a la clasificación, misma que se identifica bajo la frase “Sin Clasificación”, la cual exime a los establecimientos de hospedaje del compromiso de aplicar la Clasificación Hotelera y por consiguiente de la verificación de la Secretaría de Turismo.

Dichos establecimientos que opten por auto determinarse como “Sin Clasificación”, no podrán ostentar ningún tipo de categoría. Esto tiene implicaciones de carácter legal en caso de promocionarse con estrellas.

“Se recomienda realizar el ejercicio de clasificación en base al cuestionario que aparece en el acuerdo en cuestión, antes de tomar la decisión por ‘sin clasificación’”, puntualizo el dirigente hotelero.

Los Prestadores de Servicios Turísticos de Hospedaje tendrán un plazo de un año, contado a partir de la entrada en vigor del presente Acuerdo, para dar cumplimiento a los presentes Lineamientos del Sistema de Clasificación Hotelera, de acuerdo a las características y requerimientos señalados en este instrumento; de conformidad con lo establecido en el artículo Décimo Séptimo Transitorio del Reglamento de la Ley General de Turismo.

La autoridad que llevará a cabo las visitas de verificación para el cumplimiento de los lineamientos del Sistema de Clasificación Hotelera será la Secretaría de Turismo Federal y las Secretarias Estatales de Turismo con personal propio.

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