TIENEN 30 DÍAS || Espera Congreso respuesta de Ayuntamientos para aprobar Reforma de Mara

TIENEN 30 DÍAS || Espera Congreso respuesta de Ayuntamientos para aprobar Reforma de Mara.

CHETUMAL, Quintana Roo, 23 de noviembre.- Aunque el 20 de noviembre venció el plazo para presentar proyecto de presupuesto 2023, es factible que entre en vigor la reforma constitucional presentada por la Gobernadora si los ayuntamientos la aprueban.

Renán Sánchez Tajonar, presidente de la Junta de Gobierno y Coordinación Política (Jugocopo), explicó que si bien los proyectos de presupuesto se entregaron este 20 de noviembre tal y como lo establece la Ley, los integrantes de la Comisión de Hacienda Presupuesto y Cuenta Pública disponen hasta el 31 de diciembre para realizar el análisis y aprobación de las propuestas hechas.

El diputado del Partido Verde aseguró que los Ayuntamientos, Órganos Autónomos y Poderes tienen la disposición de colaborar con el acuerdo del bienestar, en el que se propone priorizar el desarrollo social particularmente en la población más vulnerable del estado.

“Sabemos que son conscientes todos los presidentes municipales del enfoque que se pretende dar en temas sociales, todos somos conscientes, ayuntamientos, poderes y órganos autónomos que debemos tener un presupuesto austero, y estoy seguro que así será”, indicó.

PERO QUE DICE LA CONSTITUCIÓN

Sin embargo, de acuerdo con Artículo 164 para que la Constitución pueda ser adicionada o reformada. Deben contar con el voto de las dos terceras partes de la totalidad de sus miembros, acuerde las reformas o adiciones y que éstas sean aprobadas por el voto favorable de las dos terceras partes de la totalidad de los Ayuntamientos del Estado, en un lapso de treinta días naturales contados a partir de la recepción de la minuta proyecto de decreto.

“En todo caso, el sentido de la votación de los Ayuntamientos deberá estar fundado y motivado. Transcurrido el plazo fijado con anterioridad, y sin que el o los Ayuntamientos se hayan pronunciado, se entenderá como aprobada la minuta proyecto de decreto”, precisa la ley orgánica.

La Legislatura o la Comisión Permanente, en su caso, hará́ el cómputo de los votos de los Ayuntamientos, y la declaración de haber sido aprobadas las adiciones o reformas.

Y puntualiza, “ninguna iniciativa que pretenda reformar o adicionar esta Constitución será atendida por la Legislatura con sujeción al trámite de urgente y obvia resolución”.

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