SCJN valida la eleccion de Heyden Cebada como Magistrado Presidente del Poder Judicial de Quintana Roo, pero “rasuran” el Tribunal de Disciplina y Órgano Administrativo
Diana García
CHETUMAL, Quintana Roo, 6 de julio..- El pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) determinó que sí es constitucional la elección de Heyden Cebada Rivas como magistrado presidente del Tribunal Superior de Justicia de Quintana Roo, como establece la Ley Orgánica del Poder Judicial del estado, mediante votación secreta y por mayoría de votos. Pero invalidó los artículos que ampliaban su periodo como magistrado hasta 2033.
Al resolver la acción de inconstitucionalidad 99/2025 y su acumulada 100/2025, reconoció la validez del artículo 27 de la Ley Orgánica del Poder Judicial del Estado de Quintana Roo, al considerar constitucional el procedimiento previsto para la elección de la persona titular de la Presidencia del Tribunal Superior de Justicia.
En dicho artículo se establece que: “la Presidencia del Tribunal Superior de Justicia será elegida de entre las y los magistrados que integran el Pleno, mediante el voto de la mayoría y por escrutinio secreto, durante la primera sesión que se celebre en el mes de agosto del año correspondiente”.
Lo anterior, debido a que la Constitución Federal no dice cómo deben elegir los estados a la persona que preside su Tribunal Superior de Justicia. Al no existir una regla federal específica, cada congreso estatal puede definir ese procedimiento en sus propias leyes.
En contraste, invalidó los artículos transitorios de la reforma constitucional al Poder Judicial de Quintana Roo, publicada el 13 de enero de 2025, donde se prorrogó el nombramiento de dos magistraturas numerarias hasta el año 2033.
Y declaró la ilvalidez del procedimiento previsto para la elección de las presidencias del Tribunal de Disciplina Judicial y del Órgano de Administración Judicial, al considerar que dichos mecanismos deben ajustarse a las bases establecidas en la Constitución Federal.
El Pleno consideró que dicha disposición debe armonizarse con el régimen transitorio previsto en la reforma constitucional federal en materia del Poder Judicial, debido a que en la última reforma a la Constitución Federal se estableció un calendario distinto para la renovación de los poderes judiciales locales.
Por ello, la Suprema Corte instruyó al Congreso del Estado de Quintana Roo a realizar las modificaciones necesarias para armonizar la legislación estatal con la reforma constitucional federal.

Los comentarios están cerrados.